lunes, 18 de abril de 2016

medidas cautelares

Supongamos que Juanito y Anita están muy enamorados y quieren casarse, como no quieren vivir en casa de ningún familiar, deciden comprar una pequeña casa o un departamento y acuden a una empresa inmobiliaria, donde son
atendidos amablemente por el mismo gerente de la empresa, quien les habla sobre un futuro condominio que estará ubicada en una buena zona de la ciudad, con vistas al mar, áreas recreativas, parque, una guardería y hasta con piscinas para niños. 

El gerente les asegura que ya quedan pocas casas en venta y que lo mejor sería que separen su lote cuanto antes; seguros de estar ante una oportunidad única, Juanito y Anita firman el contrato pagando por adelantado y se van felices porque la empresa les asegura que dentro de 10 meses ya podrán mudarse a su nidito de amor.

 Sin embargo llegados los 10 meses Juanito y Anita se dan con la sorpresa (nada agradable), que aún no han terminado su casa prometida, es más, las obras están paralizadas y al parecer nadie sabe cuándo se retomaran los trabajos, el gerente que antes era todo sonrisas y amabilidad, ahora es una persona hosca y grosera quien les dice que a lo mejor dentro de unos años retomará la construcción pues en esos momentos la empresa tenía problemas de dinero.

¿Qué pueden hacer Juanito y Anita?, lo que antes parecía una buena oportunidad ahora parece una vil estafa; Juanito y Anita ahora lo único que quieren es recuperar su dinero, pero saben que un proceso judicial demora mucho tiempo y mientras tanto la empresa puede declararse en quiebra, el gerente desaparecer y ellos ver esfumarse su dinero.

Si conoces a Juanito y Anita, entonces tienes la obligación moral de decirles que el Estado, conocedor de la lentitud con la que se desarrollan los procesos, ha regulado en su ordenamiento procesal, algunas medidas tendientes a garantizar el cumplimiento de las decisiones judiciales, y son conocidas como medidas cautelares, las mismas que son adoptadas antes o durante el proceso.


Pero en concreto ¿cómo pueden las medidas cautelares a ayudar a Juanito y Anita a recuperar su dinero?, para ello el juez puede echar mano a una de las siguientes medidas cautelares:

El embargo; como su mismo nombre lo dice, se embargan los bienes del demandado para evitar que intencionalmente, el mismo se ponga en situación de insolvencia o por alguna otra razón sus bienes dejen de ser de su propiedad. Aquí encontramos algunas subdivisiones, para no complicarnos demasiado y no hacer tan extenso el post, solo te las menciono: 

  • En forma de inscripción
  • En forma de retención
  • En forma de recaudación
  • En forma de intervención
  • En forma de deposito

Como sé que te apasiona investigar, ahí te las dejo de tarea para que te entretengas un rato.


El secuestro; si pensaste que el secuestro consistía en secuestrar al deudor y obligarlo a pagar por su liberación, es que estas viendo muchas películas en lugar de pasar más tiempo estudiando tus libros de derecho. El secuestro consiste en depositar una cosa (supongamos un vehículo), que se disputan dos o más personas en manos de otra, cuando el juez emita una decisión judicial, ordenará que se entregue la cosa (en este caso el vehículo) a quien haya obtenido la decisión a su favor.

Cateo; en algunas legislaciones se presenta esta medida, que consiste en investigar los bienes que pueda tener ocultos el deudor (si pensaste que un juicio era demasiado largo, con el cateo es posible que llegues a viejo esperando que concluya).

Temporales sobre  el fondo; estas medidas se toman solo en determinados casos, en su gran mayoría cuando se trata sobre alimentos; supongamos que Juanito y Anita ya llevan años de casados y tienen dos hermosos hijos, sin embargo Juanito que anda con la cabeza caliente por causa de otra mujer, decide abandonar a su familia y como era el único sustento, los deja desamparados, Anita ni corta ni perezosa acude a poner su denuncia ante un juzgado de familia, y consigue que el juez ordene que mientras el proceso dure, se aplique un descuento sobre el sueldo de Juanito para proteger de esta forma a la familia que abandonó.

Innovativas; esta medida consiste en que el Juez restituye al estado de hecho o de derecho que existía al momento de interponer la demanda; como ejemplo, supongamos que Juanito y Anita por fin construyeron la casa de sus sueños en un lugar apacible y campestre, sin embargo un vecino suyo decide construir un enorme edificio, para lo cual tiene que hacer excavaciones profundas con el consiguiente peligro para la estabilidad de la casa de Juanito y Anita, además que alteraría notablemente el entorno de la comunidad, el juez puede ordenar un cese inmediato a las obras, puesto que existe el peligro de que se concrete un daño irreparable.

De no innovar; se busca mantener el estado de las cosas, esta medida es aplicada cuando el peticionante acredita ante el Juez, que si no se aplica esta medida, nunca más se podrán presentar el estado de cosas tal como existen en ese momento, supongamos que se pretende una playa de estacionamiento cerca de una zona donde habitan especies en peligro de extinción, de concretarse esta construcción, podría perderse para siempre el hábitat de estas especies lo que llevaría a su desaparición.

No creas que esto es todo, las medidas cautelares son temas muy amplios y debido a la característica de este blog, solo he tratado superficialmente sobre ellos, ya queda de tu cuenta investigar y profundizar más sobre ellas. 

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